Perdonar las deudas de las personas físicas que no poseen patrimonio suficiente, es lo que se conoce como Ley de la segunda oportunidad. Se trata de un decreto aprobado en febrero de 2015. En el que, tras la correspondiente tramitación y en cumplimiento de sus requisitos, se otorga una remisión de deudas a un individuo.
Técnicamente la Ley de segunda oportunidad es una exoneración del pasivo insatisfecho. Para acceder a ella es necesario seguir un procedimiento judicial que se puede iniciar de diferentes formas. El concurso de acreedores tomará vías diferentes dependiendo del origen de la deuda. Si deseas conocer cómo funciona esta ley, aquí te lo explicamos.
Beneficios de la ley de segunda oportunidad
Con la aprobación de este decreto, son diversos los beneficios obtenidos, tales como:
- Liberación de deudas para particulares y autónomos.
- Facilidad de reestructuración de deuda como acuerdo extrajudicial de pago.
- Mediación concursal para particulares, ayudando en la tramitación del procedimiento.
- Exoneración de pasivo insatisfecho para cancelación de deudas.
¿Cómo funciona la ley de segunda oportunidad?
El perdón de las deudas ha influido en el cobro de créditos e insolvencia del deudor. Sus objetivos principales son garantizar el tráfico económico y facilitar el reinicio financiero de aquellos que no puedan pagar sus deudas.
Para ello se ha modificado el régimen tributario, con el fin de ayudar a personas en situaciones precarias. En este sentido, el sistema de Seguridad y garantías de alquiler social, obtuvieron una mejora. Favoreciendo principalmente a los más vulnerables.
Teniendo en cuenta las posibilidades de utilizar esta herramienta como método de fraude de acreedores, se han tomado ciertas medidas.
Para particulares
En caso de que un particular posea deudas difíciles de asumir, puede solicitar la herramienta de segunda oportunidad. Para ello deberá ser una persona natural y esperar que su acreditador posea la capacidad de entender su situación. Con esto es posible buscar un acuerdo extrajudicial de pagos para reestructurar la deuda. De no llegar a un acuerdo, el procedimiento concursal es la próxima opción.
Acuerdo extrajudicial de pagos
La solicitud de este acuerdo solo será posible cuando el deudor posea las siguientes características:
- Encontrarse insolvente con deudas inferiores a 5.000.000 €.
- Estar libre en los últimos 10 años de acusaciones por delitos socioeconómicos.
- No haber solicitado un perdón de deudas en los últimos 5 años.
Exoneración del pasivo insatisfecho
La Ley de segunda oportunidad ofrece el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Mecanismo con el que es posible anular las deudas imposibles de afrontar. Para acceder a él, es necesario cumplir con otros requisitos, además de los mencionados, según el tipo de exoneración.
- Exoneración definitiva: Sus efectos son inmediatos. Es necesario que se paguen la totalidad de los créditos contra la masa y concursales privilegiados. También es imprescindible que los créditos concursales ordinarios sean cancelados en un 25%.
- Exoneración provisional: Es sometida a un plan de pagos, el cual deberá ser aceptado y publicado en el Registro Concursal por 5 años. Para acceder a esta remisión no se deben haber rechazad ofertas de empleo adecuadas en los últimos 4 años, ni haber disfrutado de exoneraciones en los 10 años anteriores.
- Exoneración potestativa: Depende de la decisión de un juez, cuando debido a un incumplimiento debidamente justificado del plan de pago, es posible ordenar la exoneración.
En Maruenda Abogados estaremos a tu disposición para resolver dudas relacionadas con esta ley y en la forma de poder aplicarla a cada caso personal.
0 Comments