Cuando existe una deuda que no ha sido posible cobrar y que ha generado intereses de mora, se puede acudir a la figura legal de la demanda de reclamación de cantidad.
En esta entrada conocerás cómo salir victorioso en este tipo de situaciones y de qué forma hacer valer tus derechos en torno a este tipo de demandas. Tendrás la oportunidad de aprender detalles legales sobre este tipo de circunstancias.
¿Qué es una demanda de reclamación de cantidad?
Comprender la legislación es importante, específicamente cuando se trata de cómo las deudas vencidas o por pagar afectan tu estabilidad financiera.
Antes de adentrarnos en los detalles de este tipo de demanda de reclamación es importante saber qué implica y de qué se trata.
Esta acción judicial es el instrumento jurídico regulado en el artículo 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que implica su demanda ante los tribunales para asegurar el pago de una deuda, más los intereses legales y la demora en que se incurra.
Tipos de demanda de reclamación de cantidad
Existen diferentes tipos de demandas por reclamación de cantidad. Todo ello obedece al tipo de impago y a las condiciones de contrato establecidas.
Te mostraremos un listado de los casos más comunes en que es válido presentar una demanda de reclamación de cantidad:
- Reclamaciones contra compañías de seguros.
- Demanda reclamación cantidad de cantidad por impago del salario hasta la fecha de la resolución judicial.
- Demanda división cosa común.
- Impago de facturas de proveedores.
- Modelo demanda reclamación cantidad préstamo.
- Reclamaciones de vicios ocultos, defectos o retrasos en la construcción.
Todas ellas pueden ser asistidas por un abogado que garantice tus derechos y la integridad de tu capital.
¿Cómo interponer una demanda reclamación de cantidad?
La Ley de Enjuiciamiento Civil es quien regula todo lo relacionado con demandas de reclamación de cantidad. Existen varios mecanismos para interponer este tipo de demanda y enseguida te comentaremos algunos:
Juicio ordinario
Si su reclamación es superior a 6.000 euros o de cuantía indeterminada, le podrá corresponder el juicio ordinario (artículos 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
La demanda de este trámite no puede ser hecha por el perjudicado. Tienen que pasar por un proceso civil y tienen que tener un contrato que lo verifique.
El demandado tiene que responder a una demanda dentro de los 20 días de haberla recibido. Habrá una audiencia previa al juicio en la que las dos partes discutirán posibles acuerdos y lo que abarcará el juicio.
Juicio verbal
El juicio verbal está regulado en el artículo 437.3 LE, pudiendo ser utilizado si la cantidad adeudada es inferior a 6.000 euros. El procedimiento judicial debe ser civil y la reclamación debe ser comprobable.
El demandado está obligado a responder con prontitud. La audiencia tendrá lugar donde comenzó el proceso y ambas partes tendrán 10 días para presentar su caso. La sentencia debe dictarse en un plazo máximo de 20 días.
Si reclama menos de 2.000 euros, no es necesario tener abogado ni procurador. Si bien no puede garantizar un resultado exitoso sin ellos, podrán garantizar que la decisión tomada sea lo más precisa posible.
Proceso monitorio
Una vez que el deudor ha sido notificado de una deuda, tiene 20 días para realizar cualquiera de las siguientes acciones: pagarla, pedir más tiempo o averiguar las razones que la originan. En el caso de que ninguna de estas acciones se haya realizado y transcurran 20 días desde que fueron notificadas, se inicia la acción legal.
En Maruenda Abogados contamos con profesionales del derecho especializados en el área de cobros. Te recomendamos ponerte en contacto con uno de nuestros expertos y comprobar el estado de la demanda.
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