El Tribunal Supremo ha concluido la batalla judicial entre una #ExparejaAbogados que inició en 2018 en los juzgados de Barcelona, cuando habían pasado tres años de su separación y apenas unos días de formalizar el divorcio.

La sentencia recoge que ambos abogados estaban casados y trabajaban como letrados en el mismo despacho profesional. Incluso la esposa siguió en la firma once meses después de su separación de hecho, que fue a finales de 2014.
Los cinco documentos que presentó durante el pleito de reclamación eran las declaraciones del impuesto sobre el patrimonio correspondientes entre los años 2001 y 2014.

Con la premisa de que este acto constituía un #delito_revelación_secretos, el letrado presentó una querella contra ella que terminó siendo desestimada por la Audiencia Provincial de Catalunya.

El escrito de la Audiencia Provincial revela que cuando estaban juntos era ella la que se encargaba de introducir los datos de IVA, IRPF y patrimonio de su pareja en los programas informáticos de la Agencia Tributaria y que él mismo se los facilitaba.

Finalmente, el auto concluyó que la intención de la exmujer no era “descubrir secretos o vulnerar la intimidad sino defenderse como demandada en un pleito civil”.

Al acordarse el sobreseimiento del caso y desestimar el recurso de apelación del esposo, su representante recurrió nuevamente ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Sin embargo, el alto tribunal ha concluido lo mismo.

Para el magistrado del Supremo, no hubo apoderamiento de esos documentos, sino una “tenencia previa” de ellos. Además, considera “legítimo” que ella dispusiera de una copia de los archivos porque ayudó a confeccionarlos.

Por tanto, la disputa judicial que comenzó hace cinco años ha finalizado con una decisión firme: no hay lugar para el recurso de casación, de manera que el exmarido deberá hacerse cargo de las costas procesales y no se contempla ningún delito vulnerado.

Categories: News

0 Comments

Deja una respuesta