Aunque tener tu propio negocio y llevar las riendas de tu vida laboral siendo autónomo en un principio parezca muy atractivo, esto guarda ciertas responsabilidades que son necesarias de cumplir, entre estas podemos contar las responsabilidades fiscales que se tienen con hacienda. Por eso hoy en trataremos de explicar brevemente cuales son los modelos a presentar para autónomos.

¿Trabajador autónomo?

Un trabajador autónomo no debe ser confundido con un empresario. Un trabajador autónomo es una persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin que eso le con lleve estar sujeto a un contrato de trabajo.

Pero antes de ser autónomo, es necesario que como persona física te inscribas en la Agencia Tributaria para solicitar tu alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores mediante el modelo 037, con el que se te asignará un número de identificación fiscal.

Las personas jurídicas o demás entidades que actúan como complementación en el modelo 036. Existen ciertas condiciones para cumplir al momento de registrarse como autónomo.

Obligaciones de los autónomos

La primera vez no será la única vez en que presentes el modelo 037 o 037, porque cada vez que cambie tu situación inicial, deberás volver a presentar tu modelo correspondiente de manera de que mantengas a Hacienda al tanto del crecimiento o disminución de tu actividad. Y esto debe hacerse en el plazo de un mes desde el momento en que se haya modificado tu situación inicial.

¿Qué declaraciones debe presentar el autónomo?

  • Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta:

Esta declaración se presenta si tienes trabajadores contratados, si subcontratas a otros profesionales autónomos que te pasen facturas con retenciones del IRPF o si tienes alquilado un local u oficina cuya factura incluya retención. En estos casos los modelos que se presentan son el 111 para las retenciones a trabajadores y profesionales, y el 150 de retenciones de alquileres. Pagar a Hacienda el importe de la retención que figura en las nóminas de tus trabajadores. El plazo es hasta la fecha 20 de los meses Enero, Abril, Julio y Octubre.

Es importante tener en cuenta también el modelo 190, siendo el resumen anual del modelo 111. Deberá presentarse el mes de enero, haciendo una relación de las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados que correspondan al año natural inmediatamente anterior.

  • Declaración trimestral del IRPF:

Con este se presenta el modelo 130 si se tributa por estimación directa y el 131 si se tributa por módulos. El plazo es hasta el día 20 en Abril, Julio, Octubre y hasta el 30 de Enero.

  • Declaración del IVA:

Con esta se presenta el modelo 303 con plazos hasta los días 20 de Abril, Julio y Octubre. Si cotizas en módulos deberás presentar la parte relativa al régimen simplificado de IVA en el modelo 303. Si realizas operaciones intracomunitarias también deberás presentar el modelo 349.

Es también importante tener en cuenta los modelos 347 y 390:

El modelo 347 debe ser presentado de forma trimestral y están obligados a él todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen actividades profesionales por un importe mayor de 3005,06 euros. Como también están obligados las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen el cobro de honorarios o derechos derivados de propiedad intelectual.

En cuanto al modelo 390:

Este modelo podría decirse que es como el 303 pero extendido, y este debe ser realizado por cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA con independencia del tipo de empresario y del resultado de la declaración. Se puede presentar entre el 1 y el 30 de Enero del año siguiente al ejercicio.

Abogado en Valencia

Aunque pueda parecer un poco confuso, los modelos fiscales a ser presentados son tan complicados. Y con ellos, se garantiza que se pueda contribuir con vuestras obligaciones como ciudadanos responsables. Pero si se tiene alguna duda con estos modelos, lo ideal es contactar con un abogado especialista que pueda asesoraros de la mejor forma posible.


0 Comments

Deja una respuesta